DESCRIPCIÓN
La Indicación protege carne fresca de vacuno procedente de animales nacidos, criados y engordados en el Principado de Asturias, que cumplen todos los requisitos del Pliego de Condiciones.
Únicamente los animales aptos para la producción de la carne protegida por esta IGP serán de las razas "Asturiana de los Valles", "Asturiana de la Montaña" y los cruces entre sí.
Serán igualmente admitidos cruzamientos entre machos puros de las razas "Asturiana de los Valles" y "Asturiana de la Montaña" con hembras procedentes genéticamente de las razas autóctonas asturianas, aunque no presente características de pureza racial absoluta y presente alguna característica morfológica no ajustada al estándar racial.
El amamantamiento mínimo será de cinco meses.
SITUACIÓN GEOGRÁFICA
La totalidad del territorio de la Comunidad Autónoma Principado de Asturias, constituye zona de producción y cebo de la IGP. La zona de elaboración coincide con la zona de producción y cebo.
Consejo Regulador de la I.G.P. "TERNERA ASTURIANA"
Dirección: Mercado Nacional de Ganado. Venta de la Uña s/n.
33510 - POLA DE SIERO (Asturias)
Teléfono: 985/72.57.77
Fax: 985/72.57.67
E-mail: correo@terneraasturiana.org
Página Web: http://www.terneraasturiana.org